Quiénes hayan suscrito un documento privado podrán acudir ante el Notario para que éste autorice el reconocimiento que hagan de sus firmas y del contenido.
En este caso, se procederá a extender una diligencia en el mismo documento o en hoja adicional, donde se indique:
- El nombre y descripción del cargo del Notario.
- El nombre e identificaciones de los comparecientes.
- La declaración de los comparecientes de que las firmas son suyas y el contenido del documento es cierto.
- El lugar y fecha de la diligencia.
- Firmas de los declarantes y del Notario, quién además estampará el sello de la Notaría.